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    AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2010-CA

    Fecha: 09-Jun-2010

    II.4. Cumplimiento de requisitos

     El art. 59 de la LTC, señala: “El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos (…)”.

    • consulta
    • a)
    • rechazó
    • I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
    • Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
    • II.4. Cumplimiento de requisitos
    • proceso administrativo o judicial
    • II.5. Análisis del caso
    • no existe un proceso administrativo propiamente dicho
    • APROBAR,

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