Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0316/2010-CA
Fecha: 14-Jun-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de las facultades que le confieren los arts. 4.I de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR la Resolución 159/08 de 28 de junio 2008, cursante a fs. 85, pronunciada por el Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Velia Justiniano Arroyo de Espinoza.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- .
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley
- es indirecto
- APROBAR