AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2010-CA

Fecha: 15-Jun-2010

APROBAR,

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución de 1 de agosto de 2008, pronunciada por el Juez Agrario del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Simón Meneses Velasco.