Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0327/2010-CA
Fecha: 15-Jun-2010
rechazó
Por Auto de 1 de agosto de 2008, el Juez Agrario del Distrito Judicial de Cochabamba, rechazó el recurso, argumentando el incumplimiento del art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), manifestando que la norma impugnada no puede considerarse inconstitucional, al no lesionar ni violar los derechos, libertades y garantías del recurrente, consagrados en la Constitución Política del Estado y otros instrumentos internacionales.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso
- APROBAR,