AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0335/2010-CA

Fecha: 15-Jun-2010

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado  el 11 de agosto de  2008 (fs. 3 a 8 vta.), Carlos Bello Ruiz, Shirley Panozo Cabrera y María Inés Yañez Cáceres, en su condición de  abogados seleccionados por el Tribunal de concurso, en el marco de la convocatoria pública para fiscales de materia (sub categoría tercera), interponen el presente recurso manifestando que, al haber sido ya evaluados, calificados y habilitados  por el tribunal de concurso de competencias, debido a ilegales exigencias que vulneran el carácter vinculante del dictamen de los Tribunales de concurso; no se les designa ni posesiona como fiscales, sometiéndoles nuevamente a un proceso de selección para optar a un cargo para el que ya fueron seleccionados, siendo “participes de una fase de incorporación e inducción  orientadas a hacer conocer al nuevo funcionario la misión, planes y programas del Ministerio Público y del puesto que asume (Fiscal de Materia III), así como de las normas a cumplir, sin que previamente se nos posesione en el cargo” (sic), para el que postularon, violando sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y el principio de legalidad.  Esto se generó a través de lo establecido  en los  puntos quinto y sexto de la quinta convocatoria externa a fiscales de materia, limitaciones a los derechos fundamentales ya expresados, citando al efecto el art. 7 inc. a) y d) de la CPE abrog., por lo que plantean su inconstitucionalidad.