AUTO CONSTITUCIONAL 0367/2010-CA
Fecha: 22-Jun-2010
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
En el memorial presentado el 9 de agosto de 2008 (fs. 2 a 6), Blanca Elena Pedraza Espinoza dentro del proceso disciplinario interno iniciado de oficio por la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz, solicita a los miembros del Tribunal Sumariante mencionado, promover recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad del art. 48 del RPDPJ que establece: “El Responsable Distrital de las Unidades del Régimen Disciplinario conformará y presidirá los Tribunales Sumariantes”, aspecto que viola y lesiona su derecho a un juez independiente e imparcial, puesto que la norma cuestionada la está sometiendo a un régimen inquisitivo, en el que la parte que acusa o investiga depende funcionalmente del Presidente del Tribunal Sumariante, situación que afecta su imparcialidad, ya que la crítica u observación a los actos de una subalterna, implicaría una autocrítica a su labor de supervisión y dirección; siendo más probable que la sentencia condenatoria se encuentre preconcebida ante la sola presentación de la acusación, determinando la ineficacia de su defensa.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- Fragmento 4
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- contienda e intereses contrapuestos, dentro del que se pueda promover la acción.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- no se aplicará en la decisión final del proceso disciplinario interno,
- APROBAR,