AUTO CONSTITUCIONAL 0367/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0367/2010-CA

Fecha: 22-Jun-2010

no se aplicará en la decisión final del proceso disciplinario interno,

En el presente caso, la recurrente incumplió con lo establecido por el art. 59 de la LTC, referido a la procedencia de recurso en los procesos judiciales o administrativos, cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, pues la norma impugnada no se aplicará en la decisión final del proceso disciplinario interno, iniciado de oficio en su contra, es decir, en aquella resolución que va a poner fin al sumario iniciado determinando su situación jurídica, por lo que al no existir una sentencia o resolución que dependa en el fondo de la declaración de constitucionalidad o inconstitucionalidad de la misma, el presente recurso carece de fundamento jurídico-constitucional que amerite una decisión de fondo.