AUTO CONSTITUCIONAL 0399/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0399/2010-CA

Fecha: 30-Jun-2010

consulta

En consulta la Resolución 67/2008 de 5 de mayo de 2008, cursante de fs. 23 a 24, pronunciada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, por la que rechaza el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Marcos Hugo Cornejo, Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Ivirgarzama, provincia José Carrasco del Distrito Judicial de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 41.6, 47 y 100 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ) y Acuerdo 329/2006 Bis, de 21 de septiembre, y los arts. 1, 2, 15, 16, 17, 18, 20, 21 y 22 del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial y Acuerdo 90/2007 de 27 de marzo2007, por supuestamente vulnerar los arts. 2, 7, 14, 16.II y IV, 29, 30, 69, 115, 116 y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).