SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0303/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 22 de diciembre de 2007, cursante de fs. 15 a 16 vta., la recurrente manifiesta que se le sigue un proceso penal por los delitos de legitimación de ganancias ilícitas y organización criminal a instancia de Marcelo Isaac Urbach Treiger, siendo el Fiscal asignado al caso el recurrido Álvaro La Torre, donde luego de comparecer a varias audiencias de declaración informativa, muchas de las cuales fueron suspendidas, se le citó a una audiencia de careo que contó con dos cuartos intermedios y en el tercer día de la audiencia, el querellante pidió la detención de todos los imputados, solicitud concedida por el Fiscal recurrido, pese a que los tipos penales que se imputan no ameritan se libre mandamiento de aprehensión, pues la pena prevista “son de un año en adelante”, por lo que el denunciado actuó contrariamente a la ley, encontrándose indebidamente detenida por existir total contradicción con lo estipulado en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- juez cautelar
- en lugar de esperar un pronunciamiento formal de dicha autoridad como correspondía, el mismo día interpuso la acción tutelar que hoy se revisa
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- “Primer supuesto:
- APROBAR