SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, solicita la tutela de los derechos de su representado a la libertad, a la defensa y de la garantía al debido proceso, alegando que fue aprehendido el 22 de agosto de 2007, por miembros de la FELCN, al haber sido sorprendido con sustancias controladas en una cantidad para el consumo personal de ocho gramos; es así que la Fiscal de Materia, presenta imputación formal citando el art. 33 inc. i) de la L1008, vulnerando de esta manera el art. 302 de la ley 1970, puesto que dicha norma legal, no se refiere a ningún delito, es un diccionario sobre la terminología contenida en la Ley 1008; y el Juez de Instrucción en lo Penal, ahora recurrido, en adelante demandado, debía haber realizado el correspondiente control jurisdiccional a la imputación formal, aspecto que no se ha cumplido en el presente caso; además, se debió analizar si la aprehensión ha sido legal; la Resolución 421/07 de 24 de agosto de 2007, mediante la cual dispuso la detención preventiva, carece de fundamentación jurídica, por cuanto, debió especificarse, el por qué se considera que existen suficientes elementos de convicción para sostener con probabilidad, que el imputado, es autor del ilícito que le imputa el Ministerio Publico, no siendo suficiente mencionar, que existe prueba de campo, actas de requisas y que se le encontró en posesión de ocho gramos; la citada resolución, no fundamenta la razón por la cual concurrían los riesgos procesales, tanto de fuga y de obstaculización; finalmente, alega que de acuerdo al art. 123 del CPP, también debía mencionarse el término para presentar la apelación, aspecto que tampoco cumple la resolución indicada. En consecuencia, corresponde analizar, si en el presente caso, se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.1. Supuestos de subsidiariedad del hábeas corpus en el presente asunto
- rechacen las medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso
- III.4.1.
- APROBAR