SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0351/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

improcedente

Concluida la audiencia, el Juez de garantías, pronunció la Resolución 01/2008, cursante de fs. 32 a 34, declarando improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) La existencia de la garantía constitucional en análisis, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, pues no se trata de una garantía que tenga vocación de reparar todas las formas de libertad que pudieran invocarse; sino de dotar a la persona de un medio de defensa, sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida; y, 2) Se evidencia que el actor, hizo uso de los recursos previstos en el Código de Procedimiento Penal, para la apelación de las resoluciones que interponen, modifican o rechacen las medidas cautelares; por tal razón, no es posible ingresar al fondo del recurso, al existir medios de defensa idóneos e inmediatos para la protección del derecho a la libertad del recurrente, máxime, si este hecho provocaría la generación simultánea de dos fallos sobre un mismo asunto.