SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0352/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, manifiesta que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, de la garantía al debido proceso, a los principios de legalidad y celeridad procesal, por lo siguiente: asevera, que mediante mandamiento de detención preventiva, se encuentra detenido desde el 19 de noviembre de 1999, por la presunta comisión del delito de violación, sin tener hasta el presente sentencia ejecutoriada, encontrándose en esta situación durante ocho años, dos meses y once días, sin que el Estado por medio de sus órganos, hayan administrado justicia dentro de un plazo razonable y al no haberlo hecho, significa una perdida para el Estado de su potestad punitiva, extinguiéndose el proceso en aplicación a la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, norma que señala que los procesos seguidos con el anterior régimen procesal, deben ser concluidos en un plazo máximo de cinco años, a partir de la publicación del Código de Procedimiento Penal, aspecto que no se hubiese dado; dilación en el proceso que es atribuible al órgano judicial, estando el proceso, desde el 3 de mayo de 2006, en la Corte Suprema de Justicia con decreto de autos, es decir, no se ha dictado el auto supremo; razón por la cual, se encuentra indebidamente detenido, cumpliendo una pena anticipada.