SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0357/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

improcedente

La Resolución 01/08 de 24 de enero de 2008, cursante de fs. 75 a 79, pronunciada por el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, con el fundamento que el requerimiento fiscal fue ordenado en la etapa investigativa y ésta ya se encuentra bajo conocimiento del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal cautelar, por lo que el representante del recurrente debió acudir ante esa autoridad judicial, haciéndole conocer los hechos que alega, para que en el ámbito de su competencia asuma las determinaciones que correspondan.

Por lo precedentemente señalado, el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de libertad, por lo que el Juez de garantías constitucionales, al haber declarado improcedente el entonces recurso de hábeas corpus, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.