Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0383/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.2.
II.2. Por mandamiento de allanamiento 03/2008 de 29 de enero de 2008, se evidencia que el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Pando, dispuso el registro, requisa y secuestro de sustancias controladas, documentos u otros objetos relacionados con la ilícita actividad del narcotráfico, de dos inmuebles, entre ellos, el de propiedad de la recurrente (fs. 3 y vta.) y del informe del Investigador de la FELCN, se evidencia la existencia de una pistola marca Browning, calibre 9mm, fabricación argentina, color negro, con serie 179489 más un cargador con cuatro proyectiles en la habitación donde se encontraba el representado de la recurrente (fs. 26 a 27).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. La subsidiariedad excepcional del hábeas corpus y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR