SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0400/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

i)

La parte recurrida, fue debidamente notificada con el recurso de amparo constitucional, no presentó informe escrito y, en audiencia, manifestó que: i) No dio en anticrético un departamento, sino dos piezas, pero la recurrente insistió en que el abogado consigne en el documento privado que se trataba de un departamento con todos los servicios básicos; ii) Acordó con la señora Lily Domínguez Rivera, que el inmueble, al no contar con agua ni baño, les daría también la sala, por la suma de $us5000.- (cinco mil dólares estadounidenses), pero sólo recibió el monto de $us4000.-; iii) Reconoció que, la firma estampada en el documento privado de anticrético le pertenece, en el que consta que se entregó un departamento compuesto de tres dormitorios, living comedor, cocina, baño, agua, luz y lavandería; y, iv) Asimismo, a la pregunta formulada por el Presidente del Tribunal, respecto a que si la recurrida habría clausurado el baño, ésta indicó que no puso ningún candado, sólo hizo colocar una bisagra y chapa, porque la puerta se estaba cayendo; aclaró que, el departamento que le dio a la recurrente era en la planta baja, donde vivieron dos meses, y no así en la planta alta; agregó además, que tenía el término de una semana para hacer construir el baño y la cocina, arreglos que no hizo debido a que la recurrente no le entregó el saldo que le adeudaba.