SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0434/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0434/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

erga omnes

La autoridad aduce que, supuestamente la documentación referida a la filiación de la última de las hijas de la accionante hubiera sido fraguada, y falsificada, al respeto se debe dejar en claro que el certificado de nacimiento es un documento público que surte efectos legales erga omnes y hace plena fe probatoria, mientras el mismo no sea declarado nulo por sentencia ejecutoriada; asimismo, se hace constar que el sumariante no tiene competencia para declarar la legalidad o ilegalidad de un documento público que merece toda la fe probatoria legal, en todo caso estos aspectos deberían haber sido reenviados a la justicia ordinaria para su juzgamiento.

Finalmente, sobre la problemática planteada viene al caso la SC 0935/2005-R de 12 de agosto, que señala: “Respecto a la protección de la mujer embarazada y su hijo en los términos de la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, la jurisprudencia de este Tribunal es invariable en otorgar la tutela en tales casos, por constituir la referida Ley el desarrollo de la previsión constitucional contenida en el art. 193 de la CPE, sobre la protección de la maternidad por parte del Estado, al estar este aspecto íntimamente relacionado con un derecho fundamental primario y sobre el cual se sustentan todos los demás derechos, como es el derecho a la vida, es por ello que en varios casos se ha excusado inclusive la observancia de los principios de subsidiariedad e inmediatez que informan el amparo, a los efectos del ejercicio pleno de este derecho que asiste a la mujer trabajadora en estado de embarazo, no sólo para la protección de ésta, sino también y fundamentalmente del nuevo ser…”