AUTO CONSTITUCIONAL 0120/2010-RCA
Fecha: 12-Jul-2010
revisión
En revisión la Resolución 07 de 6 de febrero de 20085 recurso por in lo es improcedente por los argumentos expuestos precedentemente., cursante de fs. 30 a 31, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso -hoy acción- de amparo constitucional interpuesto por Genoveva Quevedo Hurtado y Fidel Oliveira Román en representación legal de María Teresa Ortiz Gutiérrez contra Johnny Vaca Diez, Jorge von Borries Méndez y Limberg Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración del derecho de su mandante, a la defensa, citando al efecto el art. 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- II.2. De las causales de improcedencia reglada y del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad
- I.
- II.3.1.
- II.3.2.
- requisitos de forma