AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0126/2010-RCA

Fecha: 12-Jul-2010

a)

Por decreto de 30 de enero de 2008 (fs. 159), el Tribunal de garantías, otorgó con carácter previo a la admisión del recurso, el plazo de cuarenta y ocho horas a efecto de que la parte recurrente: a) Presente conforme al art. 1311 del Código Civil (CC), las copias cursantes de “fs. 93 a 112 y 115 a 118”, en fotocopias legalizadas; y, b) Señale en forma expresa las generales de ley y domicilio real y legal de la totalidad de los terceros interesados, decreto con el cual el recurrente fue notificado el 31 de enero de 2008 (fs. 160), quien el 2 de febrero del mismo año, presentó memorial de subsanación cursante a fs. 162 y vta. de obrados.