Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0135/2010-RCA
Fecha: 21-Jul-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4 de la Ley 003; art. 7 inc. 8) de la LTC; en revisión, resuelve APROBAR, la Resolución 18 de 11 de febrero de 2008, cursante de fs. 44 a 45, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- Fragmento 3
- I.5. Resolución
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2.
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- APROBAR,