Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2010-CA
Fecha: 05-Jul-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución 233 de 6 de octubre de 2008, cursante a fs. 18, pronunciado por el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia RECHAZA, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Dionicio Acapa Juaniquina.