AUTO CONSTITUCIONAL 0432/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0432/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

APROBAR,

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 1) y 64.III de la LTC, concordante con el 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución 791 “A”/2008 de 25 de octubre, cursante a fs. 95 y vta., pronunciada por el Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial  del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Cristina Britt Aramayo Baeza, en representación legal de la empresa Open Systems Trading & Consulting S.A, demandando la inconstitucionalidad de la frase “sin recurso ulterior” de la parte in fine del art. 535 del CPC.