Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0437/2010-CA
Fecha: 12-Jul-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad que le confiere los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR, la Resolución 484/2008 de 15 de octubre, cursante a fs. 22 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Marco Antonio Dick, en representación de Roberto Jesús Ortíz Erazo, Gerente General de la empresa GUMMYPLAS S.R.L.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazaron
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Fragmento 6
- b)
- sin expresar los razonamientos o fundamentos jurídico constitucionales, por los que considera que las disposiciones legales impugnadas, son contrarias a la Constitución Política del Estado, o la forma en que resultan incompatibles con sus principios, valores y normas
- rechazo
- APROBAR,