AUTO CONSTITUCIONAL 0505/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0505/2010

Fecha: 27-Jul-2010

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Dentro del proceso administrativo seguido por la Dirección de Calidad Ambiental del Gobierno Municipal de La Paz, contra la Discoteca “Gala” representada por Zulma Eliana Crespo Flores, la recurrente solicita a la autoridad administrativa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 28 y 41.I inc. d) de la OM 233/2002; debido a que dicha normativa impugnada, tiene concordancia con las OM 158/2000 HAM-HCM 108/2000 y 237/2001 HAM-HCM 208/2001, las mismas que fueron expresamente abrogadas por la OM 178/2006 de 26 de mayo. 

Señala que la Dirección de Calidad Ambiental, emitió la Resolución Administrativa (RA) de clausura temporal OMT-DCA 19/2008, amparada en las disposiciones contenidas en la OM 233/2002, en lo que se refiere a la contaminación acústica establecida en los arts. 28 y 41.I inc. d); empero, dicha Ordenanza Municipal, está en concordancia con las Ordenanzas Municipales 158/2000 y 237/2001, que fueron expresamente abrogadas por la OM 178/2006, radicando en este hecho su inconstitucionalidad, debiéndose configurar una nueva norma municipal que concuerde con la OM 233/2002.