AUTO CONSTITUCIONAL 0506/2010-CA
Fecha: 27-Jul-2010
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2008, cursante a fs. 18 y vta., René Luis Herrera Sainz, dentro el proceso familiar de divorcio seguido contra Tatiana Juanes Chambi, solicita a la Jueza Séptimo de Partido de Familia del Distrito Judicial de Cochabamba, promover recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, demandando la inconstitucionalidad del Acta de Conciliación de 28 de noviembre de 2008, por atentar contra los arts. 27, 109 inc. 1 y 6 de la Ley 2026.
El recurrente manifiesta que en audiencia de conciliación, la Jueza Séptima de Partido de Familia del Distrito Judicial de Cochabamba, dispuso la entrega de su hija a la madre, a pesar, de que existe en el proceso un documento suscrito por su esposa, por el que consta la entrega voluntaria de su hija a favor del recurrente; empero, la Autoridad Jurisdiccional manifestando que el documento no causa estado, que aunque la niña llore debe ir con la madre; tomó la decisión señalada, contraria a los intereses de su hija, ya que se la está obligando, porque no quiere estar con su progenitora, fundamentos con los que se impetra promover el presente recurso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- no judicial impugnada; es decir, que al no existir ninguna norma jurídica impugnada no es posible establecer una vinculación con la normativa constitucional
- APROBAR