Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 1/08 de 21 de abril de 2008, cursante a fs. 12 vta. a 14, pronunciada por el Juez Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.4. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5. Sobre los requisitos para efectivizar la libertad
- 1)
- APROBAR