SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Dentro del proceso penal seguido a instancias del Ministerio Público en contra de su representado, por la supuesta comisión de hechos inmersos en la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, el 9 de abril de 2008, el Tribunal Sexto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, le concedió cesación de su detención preventiva, imponiéndole entre otras, las medidas sustitutivas de arraigo y fianza económica en la suma de Bs8000.- (ocho mil bolivianos); en virtud a ello, el 17 del mismo mes y año, previo cumplimiento de las mismas, presentó un memorial al que adjuntó los certificados de arraigo y certificado de depósito judicial, solicitando la emisión del correspondiente mandamiento de libertad, el mismo que hasta la fecha de presentación del recurso no se libró, tornándose la detención de su representado en ilegal e indebida al sobrepasar el término previsto por el art. 132 del Código de Procedimiento Penal (CPP), para que el juzgador resuelva sobre su libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación del recurso
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- III.4. Sobre la celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- III.5. Sobre los requisitos para efectivizar la libertad
- 1)
- APROBAR