SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0716/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0716/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

Fragmento 13

         En el presente caso, la parte accionante denuncia como acto ilegal la retención, secuestro y/o incautación de la motocicleta, al respecto el art. 189 del Código de Procedimiento Penal (CPP) señala en cuanto a la devolución que: “Los objetos secuestrados que no estén sometidos a incautación, decomiso o embargo, serán devueltos por el fiscal a la persona de cuyo poder se obtuvieron tan pronto como se pueda prescindir de ellos.