SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0718/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra el representado del recurrente, el Tribunal Sexto de Sentencia y de Sustancias Controladas del Distrito Judicial de Santa Cruz, en audiencia de medidas cautelares celebrada el 9 de abril de 2008, dispuso la cesación de la detención preventiva del representado del recurrente, imponiendo medidas sustitutivas de: 1) Arraigo del imputado, debiendo al efecto oficiarse a Migración, para la extensión del respectivo certificado de arraigo; 2) Prohibición de relacionarse con gente dedicada al narcotráfico, no ir de visita al penal de Palmasola, no asistir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; 3) Concurrir ante el Tribunal de Sentencia cada quince días a firmar el libro de control de asistencia; y, 4) Fianza real de Bs8 000.- (ocho mil bolivianos) (fs. 31 a 32 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- “accionante”,
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- se concede en el efecto no suspensivo
- al no haberse actuado
- APROBAR