Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0739/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
1.
1. Si bien el 31 de enero de 2007, el Alcalde Municipal de la localidad de Colcapirhua, Longines Nogales Fuentes, extendió el memorando 0033/2007, agradeciendo por los servicios prestados, éste se sustenta en el art. 44 inc. 6) de la LM, que establece la potestad de designar y retirar a lo oficiales mayores y personal administrativo por la primera autoridad del ejecutivo, además la recurrente necesariamente debió haber contado con un certificado medico que acredite su discapacidad para que de esta manera sea protegida por la Ley de la Persona con Discapacidad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1.
- 4.
- 8.
- 9.
- concedió
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Fragmento 16
- III.4. En el caso en examen
- APROBAR