SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0742/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
i)
El abogado del tercero interesado en audiencia señaló: i) No son ciertos los argumentos vertidos en el recurso, ya que la recusación es emergente a momento de tomar conocimiento la defensa en el transcurso del juicio de que los Jueces Técnicos habían cambiado el acta de constitución, por que al momento de la selección de jueces, se advirtió que Juez Ciudadano, Fernando Vásquez Pereira tenía problemas mentales, poniéndose a conocimiento de este hecho al Fiscal y es el Tribunal quien ordena a la Secretaria que oficie al médico forense para la correspondiente evaluación, pero dicha acta se cambia y aparece otra donde no se evidencia este extremo; y, ii) Por otro lado el Juez Ciudadano recusado presentó memorial donde pide su excusa del conocimiento del proceso, porque tendría problemas psicológicos y vendría de ser tratado en un centro de salud mental, habiendo la defensa conseguido certificado médico del siquiatra que lo atendió y lo sigue atendiendo, manteniendo los síntomas señalados en el certificado, siendo ese el fundamento para plantear su recusación ya que toda persona tiene derecho a ser juzgado por un juez natural, imparcial, una persona mentalmente capaz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Del debido proceso y la motivación y/o fundamentación de los fallos judiciales
- seguridad
- deja a la otra parte en incertidumbre
- concedido
- APROBAR