Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2010-RCA
Fecha: 03-Ago-2010
I.4. Petitorio
Solicita se conceda el amparo solicitado, y en mérito a ello, se ordene que el Juez de Partido Tercero en lo Civil, disponga la cancelación de la hipoteca a favor del Banco Nacional de Bolivia S.A. sobre el inmueble de los hijos de Guillermo Gonzáles, al igual que todo lo que se hubiera precavido por dicho Banco Nacional de Bolivia S.A., contra aquél, en virtud tanto a que sus propietarios no fueron demandados por el Banco, como a que la exclusión del inmueble de los trámites de remate, ya fue ordenada por el Auto de Vista de 26 de marzo de 2005, que se encuentra ejecutoriado.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- I.5. Resolución e impugnación
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a)
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR