AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2010-RCA
Fecha: 11-Ago-2010
revisión
En revisión la Resolución de 22 de abril de 2008, cursante a fs. 62 y vta. pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Benito Ordoñez Tolaba y Carlos Gutiérrez Mogro contra Fernando Antonio Navajas Baldivieso y Marcos Ramiro Miranda Guerrero, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior y Heby Ponce de León, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la supuesta vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva, a la garantía del debido proceso y al principio de supremacía constitucional, citando al efecto los arts. 6.I y II, 7 incs. a) y h), 16.IV y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1.
- I.
- los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC y ante la ausencia de los mismos podrá rechazarse directamente el recurso
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- 1) el elemento fáctico
- con los fundamentos expuestos APROBAR,