Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0215/2010-RCA
Fecha: 27-Ago-2010
I.1. Síntesis del recurso
Por memorial presentado el 4 de agosto de 2008, cursante de fs. 17 a 19, el recurrente refiere que ha presentado diecinueve peticiones ante la autoridad recurrida para que se le proporcione información, certificaciones, franquee documentación respaldatoria debidamente legalizada referente a cada petición, fotocopias y legalizaciones, al no dar curso a todas ellas, ha incurrido en la omisión e infringido el derecho fundamental de petición y que la Administración tiene la obligación de pronunciarse en los pedidos que se realiza, el silencio prolongado injustificadamente, configura un acto lesivo de un derecho subjetivo, que es el de peticionar.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.5. Resolución e impugnación
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- su denuncia debe ser inmediata
- De manera específica, en lo atinente a la extemporaneidad como causal de improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional,
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- 2º