Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0551/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR la Resolución 02/2009 de 15 de enero, cursante de fs. 29 a 30, pronunciada por Humberto Ortega Martínez, Juez Instructor Tercero en lo Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia, RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Daniel Rivas Pari.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- no será aplicada en la decisión final
- APROBAR