|AUTO CONSTITUCIONAL 0595/2010-CA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

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Fecha: 27-Ago-2010

APROBAR

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve APROBAR, la Resolución 301/2008 de 23 de septiembre cursante de fs. 9 a 10, pronunciada por el Pleno del Consejo de la Judicatura; y en consecuencia RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Fernando Iriarte Suárez.