objeto
Con la finalidad de fundamentar la presente disidencia, con carácter previo es imperante determinar con claridad el objeto y la causa de la petición de amparo constitucional, en ese contexto, en la especie se tiene que el objeto de esta petición, es la protección a los derechos a la seguridad jurídica, a la defensa, a la justicia pronta e igualitaria, a la libertad, a la dignidad y al debido proceso. Asimismo, la causa de la petición, se traduce en tres aspectos esenciales a saber: a) el rechazo de su solicitud de extinción de la acción penal sin la debida motivación de acuerdo a los parámetros objetivos; b) la inexistencia de fundamentación y explicación de las razones de hecho y de derecho por las cuales las autoridades demandadas consideraron que la dilación del proceso era atribuible al imputado; c) la errónea consideración del cómputo del plazo, ya que en criterio del recurrente, aún restando los noventa días que corresponden a la vacación judicial, el tiempo transcurrido sería superior a los tres años; d) la confusión entre dos institutos jurídicos, toda vez que las autoridades recurridas hubieran establecido que los delitos de narcotráfico son imprescriptibles, cuando la solicitud versó sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.
- objeto
- 2. Las reglas de un debido proceso y el diseño jurídico-constitucional y jurisprudencial referente a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- y la fundamentación o motivación
- cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público,
- La resolución que decida sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, debe cumplir con los parámetros insertos en la SC 101/2004, pero además, debe cumplir con la exigencia de la motivación en cuanto a los argumentos de hecho y derecho que fundamentan la decisión, solo de esta manera, se consagra un verdadero respeto al derecho al debido proceso y por tanto la actuación de los órganos jurisdiccionales se encuentra enmarcada a los postulados propios del Estado Constitucional como presupuesto esencial del Estado Plurinacional de Bolivia.
- Fragmento 6
- i)
- Fragmento 8
- Fragmento 9
