SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0781/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
a)
Por informe brindado en audiencia, la autoridad recurrida, manifestó que: a) Como Fiscal adscrito a la División de Corrupción Pública de la FELCC, el 4 de mayo de 2008, cumpliendo su turno, condujeron al imputado Efraín Darío Chambilla Luque ante su persona, aprehendido en forma posterior y flagrante por funcionarios de la Policía Nacional, después de haber intentado asaltar a una familia en la calle 21 de la zona de San Miguel, propiamente Calacoto, encontrándolo en poder de una botella rota, utilizada como arma para el atraco; b) El mandamiento de aprehensión, fue emitido fundamentadamente; además, el imputado prestó declaración informativa policial en presencia de un defensor de oficio, elaborándose un acta de recepción e indicios de material, donde se recabó un celular y una botella cortada, utilizada como arma; y, c) En atención al informe por acción directa elaborado por el funcionario policial que intervino y dadas las circunstancias del hecho fáctico, la flagrancia del delito y demás antecedentes, como la querella de los familiares de las víctimas que indicaron que eran tres los “jovencitos” (sic) que querían atracarlos, lo pusieron a disposición del juez cautelar al día siguiente, caso sorteado al Juez Octavo cautelar “Roger Valverde”, solicitando en la imputación formal, sólo medidas sustitutivas y no así detención preventiva; disponiendo la autoridad cautelar, que el imputado se presente las veces que disponga su autoridad y la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre la subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.5.
- III.6. Examen de la problemática planteada
- APROBAR