SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0813/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
En revisión, la Resolución de 2 de mayo de 2008, cursante a fs. 22 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, presentado por Clever Orellana Quinteros en representación sin mandato de Severina Montaño Delgadillo, Jhonny Montaño Delgadillo y Víctor Bonifacio Choqueticlla Montoya contra Guillermo Alonso Claros Saldías, Fiscal de Materia y Ruth Beatriz López Soraire Jueza Sexta de Instrucción de Familia Mixta del Plan Tres Mil del mismo Distrito Judicial, denunciando persecución, detención indebida y vulneración de los derechos de sus representados a la libertad, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg.).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- 1)
- 3)
- I.3.
- II.1.
- a)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- medios eficaces y oportunos
- efectivos y oportunos de defensa
- a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes
- se entenderá que la vía procesal existente no es idónea, cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales, su resolución y efectiva protección serán dilatadas,
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR