SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0959/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0959/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

1)

El Gobierno Municipal de Tarija representado por Oscar Vargas Amezaga, manifestó lo siguiente: 1) La Alcaldía del Gobierno Municipal de Tarija, promueve declinatoria de competencia del Tribunal de amparo, en razón a que el recurrido, tiene su domicilio legal en la ciudad de La Paz, dando lugar al rechazo de la excepción; 2) Solicitó la excusa de Rosa Eva Martínez Cavero, Vocal que participó en la emisión del Auto de Vista pronunciado en grado de apelación en el proceso ordinario seguido por el Gobierno Municipal de Tarija contra el Automóvil Club Boliviano, solicitud de excusa que no fue aceptada; 3) La vía administrativa, no se encuentra agotada con la RA 1257/2006 emitida por la Superintendencia General del SIRESE, en razón que ésta ha dispuesto el reinicio del procedimiento; 4) La parte tercera de dicha Resolución, no está orientada a que se  extienda a favor del recurrente licencia u otra autorización directa de operación para que YPFB le suministre hidrocarburos líquidos; y, 5) Los derechos al trabajo y a dedicarse al comercio, deben ser ejercidos en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.