SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0969/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, alega que la autoridad judicial demandada, ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad, a la defensa y al debido proceso, por cuanto dentro del interdicto de recobrar la posesión deducida contra su representado y otro, el Juez Quinto de Partido en lo Civil, ahora demandado, en apelación revocó la Resolución del inferior declarando probada la demanda ordenando se restituya el inmueble al actor, sin tener presente que su representado cuenta con un interdicto posesorio que está plenamente concluido al no haber existido oposición alguna, posesión que no puede ser alterada por otro interdicto, debiendo en su caso acudir a la vía ordinaria llamada por ley. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes y si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad demandada y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Los interdictos, su tramitación y el caso en examen
- 596 del CPC:
- concedido
- APROBAR