SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1147/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
Las recurrentes pretenden hacer entrar en error al Tribunal de amparo, toda vez que Julia Kori Condori, presentó su renuncia de manera escrita con el objetivo de postularse como nueva Alcaldesa, y por otro lado el impedimento sobreviniente de la Secretaria, toda vez que ésta al ingresar en suplencia del Concejal titular, aquella debió retornar a su cargo de suplente.
Por otro lado, las recurrentes debieron primeramente formular sus reclamos a través de la vía administrativa inclusive con la reconsideración respectiva, además cabe precisar que la recurrente Remedios Mamani Loayza, el 11 de junio de 2007, suscribió dos convocatorias a sesiones ordinarias, donde implícitamente reconoció lo que estaba sucediendo en el Concejo Municipal de Combaya.
- recurso de
- I.2.I. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR