improcedente
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Resolución 162 de 26 octubre de 2007, cursante de fojas 263 vta. a 264 vta., por la que declaró improcedente el recurso, en razón a que desaparecieron los motivos que dieron origen a la interposición del recurso; en base a los siguientes fundamentos; i) Petrobrás Bolivia Refinación S.A., ahora Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, presentó un memorial de desistimiento, debido a que habría desaparecido o cesado la motivación que obligó a la interposición del recurso; y, ii) La ejecución de la Resolución 0595/2007, habría cesado de acuerdo a la exposición de la Superintendencia de Hidrocarburos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- "accionante"
- "denegar"
- III.3. Sobre el desistimiento de la acción
- APROBAR
