AUTO CONSTITUCIONAL 0241/2010-RCA
Fecha: 07-Sep-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente -hoy accionante-, manifiesta que dentro del proceso coactivo que sigue el Banco BISA S.A. a INTERTEX S.A. y garantes. el 26 de julio de 2008, la autoridad demandada, emitió una resolución defectuosa que define el accionar del demandado en la tramitación del proceso, en esta resolución el Juez demandado proveyó por adjuntadas las publicaciones por edicto mediante simple decreto, supuestamente con dicha Resolución se les notificó el 11 de agosto de 2008, situación que no sucedió. En ese sentido, la autoridad demandada, sin resolver la correspondiente Resolución de las excepciones tramitadas, emitió el Auto de 22 de agosto de 2008 por el cual ejecutoria la Sentencia 230/06, supuestamente amparado por los arts. 243 y 515 del CPC, sin duda por el afán del demandado de apresurar el cobro a favor del Banco coactivante.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.4. Petitorio
- I.5. Resolución e impugnación
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- 1.
- la improcedencia
- previamente agote los medios ordinarios o administrativos de defensa para la tutela de derechos fundamentales o garantías constitucionales
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a)
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión
- APROBAR