AUTO CONSTITUCIONAL 0290/2010-RCA
Fecha: 21-Sep-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente -hoy accionante-; manifiesta que al haberse tramitado un proceso administrativo contra la Empresa Terminal de Buses "Sebastián Pagador S.A." de la ciudad de Oruro, determinándose por Resoluciones SEMP 155/2008, SEMP 245/2008 , y Resolución de 15 de diciembre de 2008, suspender la matrícula de la empresa, se actuó infringiendo la normativa del Código Civil y Ley de Procedimiento Administrativo, al haberse desconocido tácitamente a los accionistas mientras no se encontraba el Libro de Registro de Acciones, que impide la realización de juntas ordinarias y/o extraordinarias, asimismo, al haberse ignorado a su representada como Presidenta del Directorio de la Empresa Terminal de Buses "Sebastián Pagador S.A.", quién también es accionista mayoritaria de la sociedad anónima y legítima heredera del último presidente fallecido de la sociedad, quien durante la tramitación del proceso administrativo fundamento presento los descargos que fueron exigidos por los accionistas y la Superintendencia.