AUTO CONSTITUCIONAL 0604/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0604/2010-CA

Fecha: 07-Sep-2010

a)

Corrido en traslado el incidente, mediante decreto de 10 de febrero de 2009, cursante a fs. 73 el mismo fue respondido por Germán Jiménez Prado, el 19 del mismo mes y año (fs. 86 a 88 vta.), con los siguientes términos: a) El incidentista no realizó una correcta vinculación de las normas que considera inconstitucionales con los derechos lesionados; b) No efectuó una apropiada fundamentación sobre la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrían dichas normas cuestionadas en la decisión final del proceso; y, c) El incidente no cumplió con las exigencias del art. 60 de la LTC; por lo que solicita rechazar el incidente por ser manifiestamente infundado.