Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0604/2010-CA
Fecha: 07-Sep-2010
rechazó
Por Resolución de 26 de febrero de 2009, cursante de fs. 100 a 101 vta., pronunciada por el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba, se rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Edwin Mallon Ávalos, manifestando que: 1) El incidente no precisa dónde se opera la inconstitucionalidad de las disposiciones impugnadas; 2) No fundamenta qué precepto constitucional infringe o la relevancia que pudiera tener en la decisión dentro el proceso penal; y, 3) El recurso es manifiestamente infundado y no cumple con los requisitos señalados por el art. 60 de la LTC.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- aplicable a aquellos procesos…”,
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- no estableció su vinculación con él o los derechos supuestamente lesionados, al no haber mencionado como lesionado ningún derecho
- APROBAR