SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

a)

El abogado de la autoridad recurrida en audiencia brindo informe señalando que: a) El inmueble se encuentra construido en una calle que es de dominio público tal cual lo establece el art. 85 de la Ley de Municipalidades (LM); b) El supuesto desalojo por parte del ente municipal, no es evidente, siendo más bien cierta, la actitud violenta que asumieron, las recurrentes; c) Se adjunta Sentencia judicial, en la que se demuestra que las recurrentes no probaron la posesión, por lo que no pueden reclamar la tutela del derecho de propiedad cuando no son titulares del derecho invocado; y, d) No se planteó ningún recurso respecto a la Sentencia judicial, hecho que da lugar a la ejecutoria de la misma, por lo que no existe violación de rango constitucional.