Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.2.
II.2. El 11 de diciembre de 2006, el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Villamontes, Tercera sección de la provincia Gran Chaco del Distrito Judicial de Tarija, emitió Sentencia dentro del interdicto de retener la posesión planteado por los recurrentes, por la que declara improbada la pretensión (fs. 4 a 6).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurridos y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR