SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1315/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Mediante memorial de 2 de octubre de 2007, cursante de fs. 24 a 27, los recurrentes señalan ser propietarios de un inmueble de 800 m2, ubicado en el barrio Ferroviario de la localidad de Villamontes; sin embargo, el 5 de febrero del mismo año, fueron sorprendidos por Edgar Mejía, quien les entregó la notificación judicial para que desalojaran el inmueble en el plazo de cuarenta y ocho horas, esto en base a una supuesta orden en la que se disponía la construcción de una avenida, para luego despojarles de su inmueble con intervención de la Policía Nacional y funcionarios de la Alcaldía, quienes en forma violenta destrozaron su vivienda, sacando el material de construcción con una pala cargadora.

Ante dicho atropello, presentaron un interdicto de retener la posesión contra Gregorio Poma y Demetrio Cuiza, Sentencia que se adjunta al recurso en la cual se demostró que sus personas se hallaban en pacífica posesión. El Juez de la causa, aceptó la prueba testifical ofrecida; sin embargo, no la consideró, omitiendo la aplicación del art. 607 del Código de Procedimiento Civil (CPC), que señala que quien fuera despojado, podrá solicitar al juez la restitución de la posesión, por lo que se concluye que el Juez no realizó una justa y correcta valoración de la prueba incurriendo en error de hecho y de derecho, dando lugar a la interposición del recurso de apelación contra la Sentencia de 14 de abril de 2007, realizando por otra parte, todos los reclamos correspondientes ante el Alcalde y Concejo Municipal, agotando la vía administrativa.