SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1416/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1416/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

II.2.

II.2. Consta en obrados informe de audiencia suscrito por el Sub Prefecto de Quillacollo, donde se da cuenta que el 18 de septiembre de 2007, los recurrentes y las recurridas se constituyeron ante esa Autoridad, oportunidad en que los primeros habían reclamado por el corte de agua, pese a que pagaron por adelantado hasta el mes de noviembre, a lo que las recurridas respondieron que de acuerdo a los reglamentos internos, efectivamente dispusieron el corte de suministro porque los recurrentes hace aproximadamente cuatro meses no tenían medidor, cuando la mayoría de los socios sí tenía. Luego de la exposición de ambas partes el Sub Prefecto había indicado que por ningún motivo correspondía el corte de agua y que debía procederse a la inmediata reconexión, finalizando la audiencia, previa constatación del corte de agua en el domicilio de los esposos Álvarez (fs. 9 y vta.). Dicho informe fue complementado mediante certificación de la misma Autoridad, en la que se señala que en la indicada audiencia los dirigentes de la organización ofrecieron el medidor de agua para su pago en cuotas, ofrecimiento que habría sido rechazado por la abogada de los recurrentes (fs. 21).